Principios
Este principio se refiere a la posibilidad de los trabajadores de desempeñarse en la actividad laboral que a su libre albedrío escoja desempeñar.

Obligatoriedad del trabajo:
Este principio implica que cada uno de los individuos aporte su fuerza laboral.
Protección del trabajo:
Prestar a los trabajadores una debida y oportuna protección para la garantía y eficacia de sus derechos.
Igualdad de derechos:
Este principio establece que todos los trabajadores deben ser tratados con las mismas normas y garantías, sin que exista la posibilidad de preferencias o beneficios de unos frente a otros, por razón de su carácter intelectual o su labor.Primacía de la realidad:
se desplazan a un segundo plano las formas o apariencias a través de las cuales las partes hayan pretendido regular su relación de trabajo para dar preponderancia a las reales circunstancia fácticas que rodean la prestación de los servicios por parte del trabajador, haciendo que sean tales circunstancias las que produzcan efectos jurídicos dentro de la relación de trabajo.
Estabilidad:
Estabilidad supone que el trabajador, en desarrollo de su contrato de trabajo tiene derecho a que mientras se mantengan las causas que dieron origen al vínculo laboral, puede continuar prestando sus servicios, salvo que el empleador de por terminado el contrato de trabajo, en cuyo caso el trabajador tendrá derecho al reconocimiento de una indemnización.
Favorabilidad:
Este principio permite dilucidar el conflicto suscitado a raíz de la posibilidad de aplicación de dos o más normas a un caso concreto.

Que bien Carmenza muy completo tu blog.
ResponderEliminarHola Menza, muy buena la información, mil gracias.
ResponderEliminarHola Menza
ResponderEliminarMuy completo tu blog,que buena información.
carmenza super claro tus aportes , muy completo.
ResponderEliminarcarmenza muy clara la información
ResponderEliminarmenza esta muy bueno tu blog...
ResponderEliminarexcelente blog, muy claro y con la información necesaria.
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